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05/08/2015 10:25 hs

2671 artículos reemplazan los 6 mil artículos del Viejo Código Civil

Río Cuarto - 05/08/2015 10:25 hs
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El presidente del Colegio de Abogados, el Dr Ángel Luis Bassino y la Vicepresidente, Dra Cecilia Novo estuvieron en Primera Edición y contaron sobre las modificaciones del Nuevo Código.

Algunas de las modificaciones del Nuevo Código Civil las explicaron los abogados Ángel Luis Bassino y Cecilia Novo , autoridades del Colegio de Abogados de Río Cuarto.

El viejo Código se creó en 1871 y ahora  2671 artículos reemplazan los 6 mil artículos del Viejo Código Civil.

Para Bassino, que esté en vigencia desde ahora el Nuevo Código Civil y Comercial, es incorrecto, porque debe haber una adaptación. “En seis meses hicimos  cursos para capacitarnos”, agregó. El Colegio de Abogados hizo una jornada desde abril hasta julio, en la que participaron 300 abogados.

La Dra. Novo contó algunas de las modificaciones, “lo que más ha cambiado es la familia. Se ha receptado la unión convivencial, de concubinato. En cuanto al matrimonio, hay distintos régimenes de regulación de los bienes,  ya que podemos mantener el viejo modelo de mantener los bienes ú optar por un régimen de separación de bienes”.

Divorcio express: “Es el divorcio que ya no necesita invocar una causa para divorciarte con el régimen anterior. Antes era en común acuerdo ó si uno de ellos no quería debía invocar una causa. Ahora puede cualquiera de los pedir el divorcio. Es necesario un abogado”.

"Se llama express porque el divorcio va salir rápido ya que no se puede oponer la otra parte. Sí demora la división de bienes", agregó Novo.

Ahora la convivencia está reglamentada. Se imponen deberes a ambos integrantes. El trámite todavía no se sabe cómo se va implementar en nuestra ciudad.

En cuanto al nombre, Novo afirmó que los padres pueden elegir el apellido de cualquiera de los progenitores.

En cuanto a los artículos inmobiliarios,  tiene nuevas reglamentaciones: “Los conjuntos inmobiliarios como los barrios cerrados que no estaban regulados, ahora tienen régimenes específicos”, aseguró Novo.

"Ahora cuando se compra una casa, se pesifica", según explicó Novo y explicó que con el anterior Código,  la suma de dinero se pagaba con la moneda vigente. Ahora se establece con la moneda convenida ó equivalente al curso legal.

Bassino agregó que "podes contratar en dólares, pero si la persona no tiene dólares, el Código te da una solución, no tenés que ir a la Justicia”.
 
El artículo sobre separación de bienes. "Los contrayentes podrán acordar durante ó antes del matrimonio, el régimen de separación de bienes, se estipula a quién le corresponde cada uno".

Cuando se les preguntó acerca de los accidentes automovilísticos," se ha extendido a tres años para hacer el reclamo a la otra parte", detalló Bassino.

Por dudas del nuevo Código Civil y Comercial se puede ir a la Defensoría del Pueblo y de allí se realizan las derivaciones.
 

informe16 -LV16.com

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