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19/05/2014 09:22 hs

Impuesto a las Ganancias: la alícuota mínima pasó el 20%

Argentina - 19/05/2014 09:22 hs
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Fue pensado como un tributo progresivo: más paga el que más gana. Pero la escala de tasas no se modifica desde hace 15 años. Se agrava la situación de los autónomos y solteros.

A pesar de que el Impuesto a las Ganancias está pensado como un tributo progresivo, en el cual pagan más quienes más ganan, la falta de actualización de los parámetros hace que la mayoría estén alcanzados por las alícuotas más altas.

Por esta razón, un ajuste en la escala de alícuotas es hoy mucho más relevante que la discusión sobre el piso a partir del cual un trabajador empieza a tributar, que comúnmente se conoce como mínimo no imponible.

En los últimos años, los pe­didos sindicales –y las actuali­zaciones que realizó discrecionalmente el Gobierno– se enfo­caron en subir el piso. Pero la escala, con las alícuotas que se aplican sobre la base imponible del impuesto, no se modificó en los últimos 15 años.

Luego de descontar del in­greso todas las deducciones ­permitidas por la ley y las cargas de familia que correspondan, 
se obtiene una ganancia impo­nible. Sobre este valor se aplican las alícuotas para, finalmente, ­obtener el monto del impuesto 
a pagar.

Como la escala de tasas es creciente, el porcentaje a pagar crece a medida que sube el ingreso. Según la ley, las alícuotas del impuesto comienzan en el nueve por ciento y van subiendo en forma escalonada hasta llegar al 35 por ciento máximo (ver infografía).

Pero, como la tabla toma los mismos montos de ingresos netos de 2001, sin actualización, casi nadie tributa por el nueve por ciento y muy rápidamente se llega a la alícuota máxima del 35 por ciento.

Una escala desfasada

La escala funciona así: por los primeros 10 mil pesos de ganancia imponible anual se paga el nueve por ciento; por los siguientes 10 mil pesos, el 14 por ciento; por los otros 10 mil, el 19 por ciento; a partir de allí, la escala salta de a 30 mil pesos, hasta llegar al 35 por ciento cuando la base imponible supera los 120 mil pesos al año.

Cuando esta escala se estableció, a fin de 2000, esos 10 mil pesos anuales, o 833 por mes, eran una cantidad significativa. El salario promedio no superaba los 700 pesos mensuales. Entonces, para pasar de una alícuota a otra, había que tener aumentos superiores a un sueldo promedio. Por lo tanto, no sólo empezaba a gravar a ingresos elevados, sino que el peso del impuesto subía sólo ante saltos muy importantes en las ganancias.

En cambio hoy, una persona que tenga una ganancia im­ponible superior a sólo 10 mil pesos por mes (120 mil pesos anuales) ya está alcanzado 
por la tasa máxima del 35 por ciento. De esta manera, el impuesto pierde prácticamente su progresividad.

Además, hay que considerar que el año pasado se estableció que los trabajadores en relación de dependencia con sueldos brutos inferiores a 15 mil pesos (12.450 pesos neto) entre enero y agosto de ese año quedaran exentos de Ganancias. Hoy siguen fuera del pago, aunque hayan superado estos salarios.

Ejemplos

Si luego de los aumentos salariales desde ese momento a hoy, cobrara 15 mil pesos después de aportes (ingreso “de bolsillo”), estaría tributando a la alícuota del 27 por ciento en caso de ser soltero sin hijos ni otras deducciones, o del 23 por ciento si tuviera como cargas de familia a su cónyuge y dos hijos.

El primero, pagaría 1.410 pesos por mes de Ganancias (9,4 por ciento del sueldo de bolsillo) y el segundo, 594 pesos (cuatro por ciento de ese salario neto).

Aunque hay situaciones ­particulares, un empleado ­prácticamente empieza a tributar a una alícuota superior al 20 por ciento.

Si ese mismo trabajador, tuviera este año un 25 por ciento de aumento salarial (18.750 pesos netos), si no hay ninguna modificación legal ya quedará alcanzado por la alícuota máxima del 35 por ciento si es soltero (pagaría 2.620 pesos de Ganancias por mes) o por el escalón más bajo, 31 por ciento, si tiene una familia tipo (1.573 pesos mensual de impuestos).

En el caso del soltero, sólo con un aumento de mil pesos por mes (16 mil de bolsillo), ya pasa de tributar con la alícuota del 27 al 31 por ciento. En este caso, el aumento del impuesto es de 300 pesos, el 30 por ciento de la suba salarial.

Un empleado soltero (sin ninguna otra deducción: crédito hipotecario, empleada doméstica, prepaga, por ejemplo) está alcanzado por la alícuota máxima desde un sueldo de bolsillo de 17.558 pesos por mes. A partir de allí, cada aumento salarial implicará un incremento del 35 por ciento en el pago del impuesto.

Ganancias, un tributo cada vez más regresivo

La peor parte. Si bien la escala de alícuotas es la misma que la que se aplica a los asalariados, las deducciones son mucho menores. Y no tienen un monto de ingresos que los deja fuera del tributo, como los empleados (15 mil pesos brutos hasta agosto de 2013).

30 mil pesos. Los autónomos comienzan a tributar a partir de ingresos netos de 31.104 pesos al año, o 2.592 pesos por mes. Así, un trabajador independiente soltero, sin otras deducciones, que tenga una ganancia neta de 10 mil pesos por mes, paga 1.575 pesos mensuales de Ganancias. Ya con un ingreso neto de 12.592 pesos, sube a la tasa del 35 por ciento. Un empleado en relación de dependencia con este nivel de ingresos hoy no está alcanzado por el impuesto.


Redacción Paula Martínez, Lavoz.com.ar

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