Un fallo judicial puso límites a los intereses que cobraba una financiera que demandó a dos jubilados y pretendía cobrarles intereses de más del 60 por ciento.
El juez Guadagna explicó que se aplicó las normas de defensa del consumidor y, en base a éstas, establecer que no eran válidas las clausulas de intereses.
“Incluso el pagaré, por la forma en el que estaba confeccionado, tampoco era válido para llevar adelante una ejecución de este tipo porque no incluía los requisitos que establece la ley para las operaciones financieras” precisó Guadagna.
En base a esto, el juez explicó que, si bien se llevará adelante la ejecución porque los deudores habían reconocido la deuda, se logró la reducción de los intereses y se tomo la decisión de mantener la inembargabilidad de sus jubilaciones.