Feliz Día del Trabajador
Edición del 01 / 05 / 2024
                   
21/10/2015 10:28 hs

La Corte Suprema intervendrá en la causa por la refinanciación

Córdoba - 21/10/2015 10:28 hs
COMPARTIR EN:                                

La Nación excluyó a Córdoba del plan de financiamiento de deudas provinciales, y la provincia sostiene que es incondicional. 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para resolver en la demanda que inició la Provincia de Córdoba pidiendo que se declare la inconstitucionalidad de la exigencia que le impone el gobierno de Cristina Fernández de desistir de juicios iniciados contra el Estado nacional si quiere ser incluida en el programa de refinanciamiento de deudas provinciales que beneficia al resto de los distritos del país.
 
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda coincidieron en habilitar el reclamo y analizar la cuestión planteada por el gobernador José Manuel De la Sota a través de una “acción declarativa de certeza” – o también llamado de inconstitucionalidad. Es el método procesal para solicitar el control de constitucionalidad en caso de configurarse una situación de hecho contraria al orden constitucional -.
 
El Gobierno Nacional deberá contestar en los próximos 60 días los planteos efectuados por la Provincia de Córdoba, para que la Corte pueda analizar las posturas de las dos partes y emitir un fallo.
 
Según se explicó, Córdoba pide en su demanda que el Tribunal declare que es inconstitucional la exigencia del Estado Nacional de introducir una cláusula que la obliga a desistir de los juicios iniciados en su contra, como requisito para la firma de un Convenio en el marco de Programa de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas creado por decreto en 2010.
 
La provincia considera que la inclusión de esa cláusula resulta violatoria del artículo 16 que reconoce “el derecho a la igualdad de la Constitución Nacional porque coloca a la Provincia en una situación discriminatoria respecto de las restantes provincias”. En ese sentido, Córdoba afirma que el Estado Nacional “está imposibilitando que Córdoba acceda a los beneficios del Programa de Desendeudamiento, lo cual resulta contrario al artículo 17 que reconoce el derecho de propiedad”.
 
También sostiene que “la exigencia del Estado Nacional no tiene ninguna base ni fundamento en el texto de las normas que regulan los convenios entre las provincias y el Estado Nacional, lo cual violenta la garantía de un debido proceso (reconocido en el artículo 18) en el marco del principio de legalidad que reconoce el artículo 19 de la Constitución Nacional”.
 
En ese marco, la provincia pidió que el Estado Nacional otorgue a Córdoba idéntico tratamiento respecto de las restantes provincias que se han beneficiado por el Programa de Desendeudamiento.
 
También solicitó que “su deuda sea recalculada considerando la distribución de los Aportes del Tesoro Nacional que no le fueron girados (y que se usan para el plan de refinanciamiento), así como los montos que el Estado Nacional le descontó de la coparticipación federal de impuestos desde enero de 2014 por no haber acordado un nuevo convenio de desendeudamiento”, recordaron los voceros judiciales.

La exclusión de la refinanciación le costó a Córdoba $1022 millones entre enero del 2014 y agosto del $2015.

La Corte Suprema declaró que intervendrá en este juicio en la medida en que Córdoba, como todas las provincias, litiga directamente ante la instancia originaria de este Tribunal “de acuerdo a lo establecido en el artículo 117 de la Constitución Nacional, cuando demanda al Estado Nacional”.
 
 
La voz del interior – Agencia DYN
 

ÚLTIMAS NOTICIAS


NOMBRE
EMAIL
Random Number
PÁGINA   1   DE   0  -   TOTAL : 0
593
MÁS SOBRE Política
MÁS VISTAS

MÁS VISTAS


WhatsApp 358 481 54 54
Tel: +54 358 4638255 (Rotativo)
Constitución 399, CP5800 - Río Cuarto, Córdoba, Argentina
PROGRAMACIÓN AM
CONTRATAR PUBLICIDAD AM
WhatsApp 358 482 80 13
Tel: +54 358 4638255 (Rotativo)
Constitución 399, CP5800 - Río Cuarto, Córdoba, Argentina
PROGRAMACIÓN FM
CONTRATAR PUBLICIDAD FM
Copyright 2024 - LV16 Multimedios - Aviso Legal