Enterate qué hacer cuando existe una diferencia de cambio en tus compras.
Todo ciudadano conoce el gran problema de pagar sin cambio: la escasez de monedas para dar el vuelto ¿Qué tiene que hacer en este caso?
Según la Defensoría del Pueblo, la ley estipula que el redondeo, o sea “la diferencia menor a 5 centavos en el monto total que abonamos en la compra de algún producto o servicio”, deberá ser siempre a favor del consumidor.
El texto de la legislación se encuentra desactualizado. Según la Defensoría del Pueblo, el espíritu de la ley se mantiene más allá de los importes. Cualquier diferencia que no pueda ser devuelta al consumidor, sin importar de cuánto sea, quedará a favor del cliente.
Además, es responsabilidad exclusiva de la empresa el contar con cambio suficiente para realizar sus transacciones. La Defensoría incita a los ciudadanos a invocar ésta ley cada vez que se encuentren frente a una situación de éste estilo.
En todo establecimiento donde se efectúen cobros por bienes o servicios será obligado a exhibir lo dispuesto en la ley, a través de carteles o publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
Los reclamos por diferencia de cambios no son usuales, por tratarse de importes generalmente bajos, sin embargo eso no significa que no puedan realizarse. Si usted siente que sus derechos de consumidor han sido violentados, puede comunicarse con la Defensoría del Pueblo por teléfono al 0358 46 71 211 o a através de un correo electrónico a defensoriadelpueblo@riocuarto.gov.ar.