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06/08/2014 18:59 hs

Prohibió el giro de u$s 539 millones a los bonistas

Argentina - 06/08/2014 18:59 hs
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Emitió una orden para que el Bank of New York tenga un paraguas legal y mantenga freezado el dinero que no se transfirió a acreedores del Discount. Dice que es ilegal el intento de Argentina de pagar sin cancelar a los holdouts.

El juez de Nueva York, Thomas Griesa, salió a contestarle al gobierno argentino otorgando un paraguas legal al Bank Of New York (BONY), la entidad encargada de girar los pagos de la deuda que -precisamente- no pudo culminar su tarea el 30 de junio por el juicio con los holdouts. Ese banco tiene en una cuenta en el Banco Central de la Argentina, depositados u$s539 millones que nunca llegaron a la cuenta de los bonistas del canje. Ahora, y en el medio de una batería de pedidos legales e informales para destabar esos fondos, el BONY tiene un amparo legal de la justicia de EEUU para mantener el status quo y freezar ese pago en su cuenta en Buenos Aires.

Esto se produce el mismo día en que el Jefe de Gabinete y el Ministerio de Economía redoblan las presiones para el BONY libere esos fondos y lleguen a destino. Esa imposibilidad de girar los fondos es lo que llevó al país a un default parcial de la deuda.

Lo que hace Griesa es mantener la postura que ya venía mostrando y liberando, ahora sí, de toda culpa al BONY que le estaba lloviendo cartas documento para que liberen el dinero.
 
Lo que resolvió el juez es lo siguiente:

1) Por las razones expuestas en el expediente el 27 de junio 2014 y 22 de julio 2014, "el pago por Argentina a BNY descrito anteriormente era ilegal y una violación de la orden 23 de febrero" (pagar a acreedores del canje sin abonar también a los holoduts).

2) BONY retendrá los fondos en sus cuentas en el BCRA a la espera de una nueva orden de este tribunal, y no podrá realizar ni permitir ninguna transferencia de los fondos a menos que fuera ordenado por la Corte.

3. Argentina no tomará ninguna medida para interferir con la retención de los fondos del BONY de conformidad con los términos de esta orden.

4. Retención de los fondos del BNY en sus cuentas en el BCRA en virtud de esta orden, "el BONY no incurrirá en responsabilidad en virtud del contrato que rige para los bonos de del canje o de otro modo a cualquier persona o entidad para el cumplimiento de esta orden". Traducido, el banco no tiene la culpa de que ese dinero quede retenido y por ende no tiene nunguna responsabilidad legal.

Fuente: Infobae

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