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05/09/2019 17:19 hs

Nuevos detalles sobre el control de cambios: qué pasa con los consumos con tarjetas y el régimen para exportadores

Argentina - 05/09/2019 17:19 hs
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El Banco Central explicó cómo se aplicará el nuevo mecanismo que rige desde el lunes.

El Banco Central dio detalles aclaratorios sobre la implementación del nuevo control de cambios, que comenzó a regir el lunes con nuevas regulaciones para contener la suba del dólar. Puntualmente, la entidad monetaria explicó cómo se deberán pagar los consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera y cómo deben liquidarse las exportaciones.

Según la Comunicación “A” 6776, el límite de compra de U$S 10 mil mensuales “no alcanza a los pagos de los clientes de las financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito".

"También están exceptuados aquellos agentes locales que recauden en el país los fondos correspondientes a servicios prestados por no residentes a residentes y las entidades por los gastos que abonen a entidades del exterior por su operatoria habitual", agrega la autoridad monetaria.

 



La comunicación explica también que el control de cambios "la transferencia de divisas de las personas humanas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas propias en el exterior se puede efectuar sin restricciones".

En tanto, para las financiaciones otorgadas por entidades financieras en moneda extranjera a clientes del sector privado no financiero, las divisas deben ser liquidadas en el mercado local de cambios al momento de su desembolso.

Respecto a los exportadores, la comunicación establece que "los plazos para el ingreso y liquidación se calculan a partir de la fecha de cumplido de embarque de la destinación de la exportación otorgado por la Aduana".

Asimismo, explica que "el plazo de 15 días previsto en el inciso a) también resulta aplicable a las excepciones contempladas en el primer cuadro del anexo a la Resolución N° 57 de 2016 de la Secretaría de Comercio".

Foto: German Garcia Adrasti

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