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01/11/2018 08:24 hs

Se establecieron aranceles diferenciales para registrar automotores

- 01/11/2018 08:24 hs
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Los montos varían según se trate de bienes fabricados en el país o importados, con el objeto de incentivar el desarrollo de la industria nacional

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos estableció aranceles diferenciales para realizar los trámites en el Registro Automotor, según se trate de bienes fabricados en el país o importados, con el objeto de incentivar el desarrollo de la industria nacional. Además decidieron bajar el arancel para todos aquellos bienes vinculados con el proceso de reconversión productiva del país, tales como automotores afectados al transporte de carga y de pasajeros, así como la maquinaria agrícola, vial e industrial, para lo que crearon un fondo anticíclico.

De esta manera, según la Resolución 941/2018, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos entiende pertinente establecer un mecanismo de compensación entre los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en favor de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia exclusiva sobre Maquinaria Agrícola, Vial o Industrial y de Créditos Prendarios.

“De lo contrario, se vería gravemente afectado el equilibro económico-financiero de esas unidades operativas, al punto que la reducción arancelaria las torne inviables desde ese punto de vista, circunstancia que indirectamente podría afectar el normal desarrollo de las funciones encomendadas y, al mismo tiempo, el patrimonio del Estado Nacional”, explica el texto oficial.

En este sentido, conformaron un fondo compensatorio compuesto por el 15% de los aranceles a percibir por la inscripción de estos contratos respecto de automotores y maquinaria agrícola, vial e industrial, suma que se adicionará a la recaudación de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor 

Según la cartera de Germán Garavano, las medidas propuestas hallan fundamento, por un lado, en la decisión de mantener esas unidades operativas abiertas a la comunidad en zonas muchas veces alejadas de los principales centros urbanos y, por otro, “en la necesidad de evitar las eventuales consecuencias disvaliosas que podrían generarse para el Estado Nacional”.

De esta manera, se estableció el valor de inscripción o reinscripción de prenda, anotación del contrato de leasing, y su renovación, respecto de automotores de fabricación nacional en $ 500, la inscripción o reinscripción de prenda, anotación del contrato de leasing, y su renovación, respecto de automotores importados $ 1.000 y el monto respecto de automotores afectados al transporte de carga o de pasajeros $ 300. 

En tanto, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, determinará la forma en la que se acreditará esa afectación.

Con respecto a la cancelación y modificación de prendas, endosos de prendas y su cancelación, se percibirá un arancel de $ 105 y para la cancelación del contrato de leasing, revocación de estipulación a favor de terceros, será de  $ 105. Además, En el caso de que los bienes se encontraren ubicados parcialmente en jurisdicción de otro Registro, este arancel se repartirá $ 250 serán para el Registro que efectúe la inscripción de conformidad con la normativa vigente y $ 250 para el Registro de la jurisdicción donde se encuentren los restantes bienes.

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