El Consejo Federal determinó que los clubes que hayan sufrido desvinculaciones a instituciones de categorías profesionales puedan reemplazar al jugador sin que ocupe el cupo de los dos refuerzos
Adrian Aranda llegó a Estudiantes para reemplazar a Hernán Peirone quien se fue a jugar al fútbol profesional de Chile. En principio el "Bati" recién se podía ser incorporado oficialmente una vez finalizada la primera etapa, pero los dirigentes comenzaron con las gestiones y a buscar alguna "grieta" reglamentaria para el que el delantero pueda debutar en el primer partido del 2014.
Finalmente el Consejo Federal resolvió que todas las intituciones que militan en el Argentino B y hayan sufrido desvinculaciones de jugadores a categorías profesionales ya sea en el país o al extranjero podrán reemplazar las bajas sin que estas ocupen uno de los 2 cupos que indica el reglamento.
Aranda jugará el primer partido ante FC Tres Algarrobos el 2 de Febrero cuando se reanude el Argentino B. El entranador Ricardo Dillon estará más que satisfecho, justamente el entrenador no sólo tuvo mucho que ver con la llegada de Aranda sino también con la gestión que se realizó para la habilitación.
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO FEDERAL ENVIADA A ESTUDIANTES
VfSTO
La situación originada a los clubes participantes
en eI Torneo Argentino "B", edición 2.073/L4, por aquellos jugadores que solicitan transferencia a Instituciones que militan en categorías profesionales, nacional-es o en el exLranjero, durant.e el- receso estival..
Y,
CONSIDERANDO
Que atento Ias nuevas disposiciones vigent.es tanto
de orden reglamentario (Estatuto de1 Jugador F.I.F-A.)
como de 1as convenciones col-ect.ivas de trabajo, todas
enmarcadas dent,ro del orden púbtico l-aboral, dichas transferencias no pueden ser denegadas;
Que durante eI receso estival, se produce Ia apertura de los libros de pases en las distintas categorías profesionales,, a efectos que sus clubes puedan contratar futbolistas en cal-idad de refuerzos;
Que no sucede Io mismo con los clubes participantes en el Torneo Argentino "B", edición 2.013/Z'Ot+, ya que aquellos que por reglamento puedan incl-uir refuerzos, lo podrán hacer recién como previo aI inicio de la Segunda
Fase;
Que sin embargo, esas Instituciones pueden verse afectadas en 1a conformación de SuS planteleS Como Consecuencia de transferencias efectuadas dentro del marco estipulado en eI Visto y primer considerando de Ia presente, con 1o que se les ocasionan graves perjuicios; Loda vez que aI no poder oponerse a la transferencia del jugador se ve resent.ido eI plantel original;
Que a los efectos de subsanar los Perjuicios ocasionados, es que debe permitirse a l-os clubes afecLados, la incorporación de nuevos fut.bolistas en reemplazo de aquellos que Se d.esvincul-en por real Lzar transferencias a Instituciones que participen en
categorÍas profesionales ;
Que d.ichos reemplazos deberán ajustarse estrictamente a los requisitos que se fijan por separado y que corren anejados a 1a presente;
Que de acuerdo arts . 27, inc. "c" Fútbol Argentino; 51, Consejo Federal, se
RESUELVE:
Art. 10 - Autorizar a 10s clubes part.icipantes en e1 Torneo Argentino \rB/' edición 2.01"3/1-4, a1 reemplazo de aquellos fut.bolistas que duranLe el- perÍodo comprendido enLre eI 1 de enero y eI 7 de febrero del año 2.0L4, se d.esvincu]-endelosmismos mediante transferencias efectuadas a Instituciones que participen en categorías profesionales nacionales y/o extranjeras' con quienes suscriban eI pert.inente contrat.o laboral prof esiona] ' Art. 20 - Los reemplazos asÍ efectuados no ocuparán cupo
d.e refuerzos en aquellos clubes a los que
reglament,ariamente se les permita e1 ingreso de futbolistas en ese concepto a partir de Ia segunda Fase'
Art.3o_I,osreemplazosdeberánajustarsea}os
requisitos establecid'os por separado y que se anejan a la