Luna Rosa
Edición del 25 / 04 / 2024
                   
03/12/2013 17:30 hs

La AFIP aumentó el recargo a los consumos en el exterior y lo llevó al 35%

Argentina - 03/12/2013 17:30 hs
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El porcentaje aplicable a los consumos con tarjetas de crédito y débito pasó así del 20 al 35%; la medida alcanza además a la adquisición de dólares para viajar al extranjero; el "dólar turista" equivale ahora a $8,31

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó del 20 al 35% la percepción que cobra como adelanto de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en los consumos con tarjetas de crédito y débito realizados en el exterior del país. Además, según informa mediante el Boletín Oficial, extendió el recargo a la compra de dólares para turismo.

La norma quedó firme con la publicación de la Resolución 3550 en el Boletín Oficial, que modifica la anterior Resolución General Nº 3450.

El aumento afecta a la adquisición de cualquier divisa extranjera y a cheques de viajero, las transacciones con tarjetas de crédito o débito en el exterior, además de las transferencias al exterior "por turismo y viajes".

La alícuota del 35 por ciento se calculará "sobre el monto de la operación de cambio". "Deberá ser ingresado [mediante el] procedimiento de transferencia electrónica de fondos establecido por la Resolución General Nº 1.778, su modificatoria y su complementaria, a cuyo efecto deberán generar el correspondiente volante electrónico de pago (VEP). Previo a validar la operación, las entidades autorizadas exigirán copia del mencionado volante", explicita la resolución.

"De tratarse de operaciones expresadas en moneda extranjera deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen, liquidación y/o factura o documento equivalente", precisa la resolución firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

DESDE CUÁNDO RIGE

La resolución señala dos plazos de aplicación de la norma. Por un lado, para "las operaciones de venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes", la medida rige a partir de hoy mismo.

En cambio, se otorga un plazo especial, hasta el próximo lunes 9 de diciembre, para que las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central adecuen sus sistemas internos, a efectos de cumplir con lo dispuesto en esta resolución. "Hasta dicha fecha, el adquirente de moneda extranjera deberá efectuar un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales" en función del aumento del 35% ", dice el texto.

DÓLAR TURISTA A $8,31

Ayer, el dólar oficial cerró a $6,16, por lo que el "dólar turista" equivale ahora a $8,31, un número cercano al dólar blue, que hasta ayer se conseguía a $9,18. A media mañana se conocerá el impacto de la medida sobre el mercado negro de divisas.

Esta resolución de la AFIP se publica en medio de rumores -que tomaron fuerza durante el reposo de Cristina Kirchner y los posteriores cambios en el gabinete- sobre un posible desdoblamiento cambiario para paliar la fuga de dólares.

En marzo, el Gobierno había aplicado un incremento del 15 al 20 por ciento en el impuesto. Esta vez, se informó: "Decisiones de política económica tornan aconsejable extender la utilización [del impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales] a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes". (Fuente: lanación.com)

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