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06/10/2022 16:49 hs

Femicidio de Anahí Benítez: ordenaron la excarcelación al único condenado

Argentina - 06/10/2022 16:49 hs
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El año pasado la Justicia anuló su condena a prisión perpetua por falta de imparcialidad y manipulación de pruebas.

La Cámara de Casación Penal bonaerense otorgó este jueves la excarcelación a Marcos Esteban Bazán, condenado a perpetua, mientras aguarda a ser sometido a un nuevo juicio por el femicidio de Anahí Benítez, de 16 años. El hombre vivía solo dentro del predio de la Reserva Natural Provincial Santa Catalina, en Lomas de Zamora, donde fue hallado el cuerpo de la adolescente, en 2017.

La resolución fue dictada por la Sala I de la Cámara, que hizo lugar a un pedido de la defensa de Bazán para que permanezca en libertad hasta tanto sea nuevamente juzgado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 7 de Lomas de Zamora en marzo del 2023.

En diciembre del año pasado, la Justicia bonaerense anuló el fallo de condena a perpetua de Bazán, de 39 años, porque entendió que el Tribunal que lo condenó careció de imparcialidad y que en la investigación se manipularon las pruebas para orientar la responsabilidad sobre este sospechoso.

"Estamos esperando a que el Tribunal oficie al Servicio Penitenciario para que salga en libertad en las próximas horas", dijo a Télam la abogada Cristina Fau, representante de Bazán. En el fallo de seis páginas al que Télam tuvo acceso, los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana le impusieron "la prohibición de salida del país (con la debida comunicación a la Dirección Nacional de Migraciones)" y "la obligación de comparecer en forma mensual ante ese organismo jurisdiccional".

"No puede pasarse por alto que la prisión preventiva que lleva más de cinco años sin que exista un juicio que se haya expedido en punto a la culpabilidad del acusado, responde a circunstancias exclusivamente imputadas a déficits del Estado, aquellos que dieran motivo a la nulidad del pronunciamiento jurisdiccional decidido por esta Sala", explicaron.

Los magistrados añadieron que "de allí que los parámetros vinculados con la gravedad de la conducta atribuida al acusado y la magnitud de la pena en expectativa, que en la primera etapa de la investigación resultaban válidos para el sostenimiento de la medida de coerción dispuesta, no pueden serlo luego de transcurridos cinco años del inicio del proceso, cuando como se dijera, la causa por la cual no se arribó al dictado de un pronunciamiento definitivo obedece a motivos ajenos a quien fue privado de su libertad por todo ese tiempo".

Anahí era estudiante de la Escuela Normal Antonio Mentruyt (ENAM), de Banfield, cuando fue secuestrada, abusada sexualmente y asesinada, en julio de 2017. Su femicidio golpeó tanto en el barrio lomense, como en la comunidad educativa. Fue tal el impacto del desarrollo del juicio llevado adelante por el TOC 7, en junio de 2020, que las y los docentes emitieron un comunicado en el que manifestaron su estupor: “El veredicto, lejos de aclarar los hechos y encontrar a los verdaderos responsables, intenta culpabilizar a tres de nuestros estudiantes, amigos cercanos de Anahí, promoviendo su procesamiento por falso testimonio. El crimen que se les atribuye es el de haber declarado que Anahí no conocía al condenado Marcos Bazán”.

Allí, además agregaron que en las 300 fojas del juicio "no existe prueba alguna" que demuestre o indique “que esta afirmación de los chicos pueda ser falsa. Por lo tanto, la única explicación a esta INJUSTICIA  (N de R: las mayúsculas son del comunicado) está en la necesidad del Tribunal de sostener su veredicto, apoyado en pruebas que desde distintas fuentes judiciales y periodísticas se han considerado, como mínimo, endebles, y evitar así que se le venga abajo como un castillo de naipes”, consideraron.

Ellos y ellas, además, señalaron la falta de investigaciones sobre Marcelo Villalba, quien confesó haber participado del crimen y cuyo semen fue encontrado en el cuerpo de Anahí. El hombre, pese a haber declarado que no actuó solo “resultó sospechosamente apartado ‘provisoriamente’ a causa de su salud mental”. Así como también indicaron que se descartó la pista del testigo que afirmó saber que Anahí había sido conducida a una casa cercana al Parque de Lomas, en la que habría sido retenida y asesinada, para ser llevada a la Reserva de Santa Catalina, días después.

Un año más tarde, la Sala I de Casación bonaerense desarmó los fundamentos del TOC 7 integrado por los jueces Roberto Lugones, Elisa López Moyano y Roberto Corti, para condenar a Bazán. La revisión de la sentencia fue llevada a cabo por los magistrados Daniel Carral y Ricardo Maidana en respuesta a los reclamos realizados por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) e Innocence Project, que denunciaron que la causa estaba "armada".

Por ello, se ordenó realizar un nuevo juicio ante un nuevo tribunal; anuló las seis investigaciones por falso testimonio iniciadas contra testigos de la defensa por considerarlas argumentos de presión de parte del TOC 7; dispuso que se revisara la situación de detención de Bazán; y ordenó que Villalba, el otro imputado que permanece detenido, y que había sido apartado del juicio por considerarlo ininmputable, fuera convocado al nuevo juicio.

Los dos jueces mostraron la intencionalidad por parte de sus pares del TOC 7 para formar las pruebas y acusar a Bazán. Entre los distintos puntos que desarmaron, estuvo la presencia y el peritaje del que supuestamente había formado parte le perro rastreador Bruno. Los jueces determinaron que había marcado la casa de Bazán como lugar en donde permaneció Anahí cuando en realidad eso nunca sucedió. Incluso, el mismo  adiestrador, Tula, dijo que no pudo “hacer peritajes, por ser personal civil".

Fuente: El Destape

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