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12/10/2018 12:47 hs

Enargas aprobó que Gas Link S.A realice un ajuste de tarifas

Argentina - 12/10/2018 12:47 hs
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Según el Ente, los valores se encuentran expresados en valores de abril de 2018, por lo que autorizó un ajuste semestral de las tarifas.

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), aprobó con vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial los Cuadros Tarifarios a aplicar por Gas Link S.A. a los cargadores del mercado interno.

Según Enargas, dichos cuadros tarifarios se encuentran expresados en valores de abril de 2018, por lo que en relación a los criterios metodológicos aplicables al cálculo tarifario de Gas Link a los efectos del ajuste semestral, la mencionada Resolución indicaba que: “durante el proceso de RTI llevado a cabo para las Licenciatarias de Transporte se consideró que no existían inconvenientes en la aplicación de mecanismos no automáticos de ajuste de tarifas que utilicen índices generales nacionales, puesto que no constituyen mecanismos contrarios a la normativa vigente”.

Acerca de la no automaticidad del procedimiento de ajuste semestral, en la citada Resolución se estableció que los Cuadros Tarifarios que surjan de cada adecuación semestral –los cuales tendrán vigencia a partir del 1° de abril y del 1° de octubre de cada año- “deberán ser autorizados previamente por el Enargas, a cuyo efecto la Transportista deberá presentar el nuevo cuadro propuesto, conjuntamente con los cálculos de donde surjan los coeficientes de adecuación utilizados, con una anticipación mínima de 15 días a la fecha de entrada en vigencia del mismo, a fin de que se realice una adecuada evaluación considerando otras variables macroeconómicas que permitan ponderar el impacto del ajuste en las economías familiares, contemplando otros indicadores de la economía”.

Según Enargas, cabe destacar que tanto en las Actas Acuerdo como en los considerandos de las citadas Resoluciones, se estableció que las Licenciatarias no podrán hacer un ajuste automático mediante la aplicación del índice antes mencionado, sino que deberán presentar los cálculos ante el ENARGAS, con una antelación no menor a quince días hábiles antes de su entrada en vigencia, todo ello a fin de que se realice una adecuada evaluación considerando otros indicadores de la economía.
 
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