En algún rincón del mundo
Edición del 12 / 10 / 2026
               
01/10/2026 14:04 hs

Consideran que la Corte con su fallo desnuda las contradicciones del gobierno nacional

- 01/10/2026 14:04 hs
COMPARTIR EN:                                

El abogado constitucionalista Enrique Novo señaló que la Corte con su fallo desnuda las contradicciones del Gobierno nacional, mientras defiende y eleva el conflicto de Malvinas, por otro lado, permite a los extranjeros que puedan comprar las tierras sin límites. ESCUCHÁ LA NOTA.

Enrique Novo
La Corte Suprema salió a aclarar el alcance de su fallo sobre la ley de Tierras y sostuvo que la decisión no definió si es constitucional la derogación de la norma.

El máximo tribunal explicó que el fallo se limitó a rechazar la demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), al considerar que la asociación no tenía legitimación para iniciar ese reclamo.

A través de un comunicado, remarcó que la discusión de fondo sobre la ley de Tierras todavía no fue resuelta. El tribunal señaló que tampoco se pronunció sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737.

La resolución de la Corte no es de fondo y le tira al congreso y sobre todo los diputados que deberán resolver el DNU del presidente Milei dijo Novo.

El abogado constitucionalista Enrique Novo señaló que la Corte con su fallo desnuda las contradicciones del Gobierno nacional, mientras defiende y eleva el conflicto de Malvinas, por otro lado, permite a los extranjeros que puedan comprar las tierras sin límites.

Según explicó el máximo tribunal, la decisión “se ajusta estrictamente a todos los precedentes” de la Corte y no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran actualmente en trámite ante distintos tribunales.

Además, la Corte señaló que el fallo tampoco impide que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras pueda solicitar una medida cautelar. La procedencia de esos planteos, aclaró, deberá ser resuelta por el juez competente.

“Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”, sostuvo el máximo tribunal.

Ley de Tierras: qué dice el fallo de la Corte Suprema

La ley de Tierras, sancionada en 2011, establecía límites para la propiedad y posesión de tierras rurales por parte de extranjeros. Entre otras restricciones, fijaba un tope del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental.

El conflicto judicial comenzó después de que el gobierno de Javier Milei derogara esa norma mediante el DNU 70/2023. El CECIM presentó entonces un amparo para cuestionar la medida y pedir que se declarara inconstitucional la derogación.

En una primera instancia, la Justicia rechazó el planteo por considerar que la organización no estaba habilitada para iniciar esa acción. Luego, la Cámara Federal de La Plata revocó esa decisión, declaró inconstitucional el artículo del DNU que había derogado la ley de Tierras y ordenó continuar con el proceso como una causa colectiva.

El Gobierno apeló y el expediente llegó a la Corte Suprema. El máximo tribunal, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó el fallo de la Cámara y rechazó la demanda por falta de legitimación del CECIM.

 

ÚLTIMAS NOTICIAS


NOMBRE
EMAIL
Random Number
PÁGINA   1   DE   0  -   TOTAL : 0
709
MÁS SOBRE Política
MÁS VISTAS

MÁS VISTAS


WhatsApp 358 481 54 54
Tel: +54 358 4638255 (Rotativo)
Constitución 399, CP5800 - Río Cuarto, Córdoba, Argentina
PROGRAMACIÓN AM
CONTRATAR PUBLICIDAD AM
WhatsApp 358 482 80 13
Tel: +54 358 4638255 (Rotativo)
Constitución 399, CP5800 - Río Cuarto, Córdoba, Argentina
PROGRAMACIÓN FM
CONTRATAR PUBLICIDAD FM
Copyright 2026 - LV16 Multimedios - Aviso Legal