El ex titular de Anses en Río Cuarto recibió una pena de ocho meses de prisión en suspenso por golpear a una mujer. El hecho ocurrió hace seis años. La sentencia incluyó una estricta orden de restricción hacia la víctima.
La Justicia condenó a Sergio Rivarola, extitular de Anses local, a ocho meses de prisión condicional. El exfuncionario golpeó a la víctima en el rostro durante la pandemia. El juzgado impuso normas de conducta al acusado que deberá cumplir por dos años. "Luego de una serie de hostigamientos y presecusiones, ocurrió", explicó. "Debe mantenerse alejado y no tomar contacto con la víctima".
El abogado querellante, Ignacio Fernández Sardina, explicó el caso. “Culmina en un hecho de violencia física en donde le pega un golpe de puño en el rostro, demandándole una lesión leve, dos días de curaciones”, detalló el letrado.
El tribunal fijó la lectura de los fundamentos para el 24 de septiembre. La querella tiene previsto analizar el texto para evaluar la condena, aunque el abogado aclaró que apoyaron el pedido de prisión condicional de la fiscalía.
Las demoras en el proceso judicial
La causa enfrentó múltiples obstáculos antes del juicio oral. El victimario solicitó una probation, pero el fiscal rechazó el pedido. "Rivarola no quería ir a juicio". La defensa agotó las instancias provinciales hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia.
Fernández Sardina valoró la intervención judicial. “Fue el propio Tribunal Superior de Justicia quien finalmente selló la suerte de Rivarola en mandarlo al banquillo de los acusados”, afirmó el representante.
El proceso también sufrió retrasos internos del juzgado. La camarista original pidió licencia y la causa corría riesgo de prescripción. Finalmente, el sistema reasignó el expediente al juez Baodaña, quien llevó adelante el debate.
Revictimización y autocrítica judicial
Según detalló el abogado, el proceso penal desgastó profundamente a la mujer afectada. La víctima acudió cuatro veces a ratificar su denuncia y participó de diversas pericias.
El fiscal de cámara, Julio Rivero, realizó una autocrítica sobre el trato a la damnificada. Fernández Sardina señaló que “advertimos una gran autocrítica de parte de la fiscalía con las intervenciones de la víctima”.
El letrado profundizó sobre las falencias institucionales. “Al sistema judicial le falta mucho. Hasta se intentó la realización de un careo entre víctima y victimario, lo que hace justamente revictimizar”, cuestionó el abogado.
La condena no contempla prisión efectiva porque las condiciones del sistema carcelario resultan contraproducentes. El condenado tiene prohibido tomar contacto con la víctima y el Patronato de Liberados supervisará su conducta.