Cristina Azócar, abogada especialista en Derecho Público, habló con De Una, y destacó que la resolución del Organismo Internacional del Trabajo (OIT) confirma que en 2018 hubo “violaciones al derecho de negociación colectiva y al derecho de huelga” por parte del Estado provincial.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitió esta semana una advertencia formal al Gobierno de Córdoba por haber limitado el derecho a huelga y por modificar aspectos del convenio colectivo de Luz y Fuerza mediante leyes sancionadas en 2018. La resolución llega por una queja presentada por el Sindicato de Luz y Fuerza de Río Cuarto, patrocinadas por los abogados Cristina Azócar y Mario Ackerman.
Azócar recordó que el conflicto “se inició en 2018, cuando la provincia dictó leyes que recortaban una serie de derechos del Convenio Colectivo de Trabajo que estaban vigentes desde 1975”. Según explicó, los sindicatos no rechazaban negociar, pero “se pretendía que las modificaciones se hicieran conforme a Derecho, respetando la Ley de Contrato de Trabajo y los estándares internacionales”.
Ante la falta de consenso y la aplicación inmediata de las normas, los sindicatos recurrieron a la vía judicial. En el caso de Río Cuarto, decidieron además acudir a la OIT. “Fuimos a la Organización Internacional del Trabajo para que nos dijera si estábamos equivocados o no en nuestro planteo jurídico”, afirmó la abogada.
Para Azócar, la decisión del organismo “es un antecedente muy importante del máximo órgano laboral internacional” y tiene efectos que trascienden al caso concreto. La OIT determinó que las leyes provinciales constituyeron “una injerencia estatal indebida” y advirtió que también se violó el derecho de huelga al imponer procedimientos “excesivos” para su ejercicio.
Aunque las recomendaciones no son jurídicamente obligatorias, tienen relevancia política. “Argentina ha ratificado convenios internacionales y, al hacerlo, asumió la obligación de respetarlos”, explicó la abogada. Esto significa que la OIT puede exigir informes periódicos y emitir observaciones que afectan la imagen del país.
Lo más cuestionado por la OIT es la legislación cordobesa sobre huelga y su decreto reglamentario de 2017. Para Azócar, estas normas “hacen prácticamente imposible que una entidad sindical pueda llevar adelante una huelga de manera legítima”, debido a exigencias como avisos previos de cinco días y la obligación de presentar diagramas de servicios mínimos que deben ser aprobados por la autoridad laboral.