La calma y la catástrofe
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14/01/2021 10:08 hs

Monotributo: recategorización, vence el 20 del corriente

Argentina - 14/01/2021 10:08 hs
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Con las escalas congeladas, pero se mantienen las alícuotas de 2020

Ante pedidos de prórroga, la AFIP ratificó la fecha de vencimiento del trámite de recategorización, pero los valores de la tabla no tuvieron actualización este año.

Un trámite de rutina se convirtió este verano en un factor de incertidumbre para un grupo de contribuyentes y en una cuestión de tire y afloje entre los contadores y la AFIP.

En enero de cada año, los monotributistas tienen la obligación de recategorizarse, si es que dar ese paso resulta necesario en función de la facturación que tuvieron en los meses previos o de su situación frente a otros parámetros del sistema, como el monto de los alquileres vinculados con la actividad. Esa primera recategorización de cada año (hay otra en julio) se hace observando los valores de la tabla de categorías ya actualizada, según lo establecido por la ley.

Y la misma ley, la 24.977, dispone que los montos máximos de facturación para estar tanto dentro del régimen del monotributo como en cada una de sus categorías, se actualizan anualmente en enero. Para eso, los valores se incrementan en un porcentaje equivalente a la suba que en el año previo acumularon los haberes jubilatorios pagados por la Anses.

Esa actualización se concretó en 2018, 2019 y 2020. Pero este año no ocurrió lo mismo. Y, a tan solo una semana del vencimiento del plazo para la recategorización (el período es del 1° al 20 de este mes y fue dispuesto años atrás no por ley, sino por una resolución de la AFIP, que esta semana lo ratificó tras haber recibido pedidos de prórroga), los valores de la tabla que están publicados siguen siendo los que rigieron el año pasado.

Según el organismo que está a cargo de Mercedes Marcó del Pont, la recategorización debe hacerse con la tabla de 2020, algo que, luego de un año con una inflación de alrededor de 36%, perjudica a los contribuyentes. Y después, si se aprueba un proyecto de ley enviado al Congreso días atrás, se dispondrán los medios, según dicen en la AFIP, para hacer las readecuaciones que correspondan.

El factor de incertidumbre para este 2021 surgió a causa de la decisión del Gobierno de suspender, durante todo 2020 (en el primer semestre por ley y en el segundo, por un decreto de necesidad y urgencia), la aplicación de la fórmula de movilidad previsional. A falta de un mecanismo automático para la recomposición de las jubilaciones y de otras prestaciones sociales, hubo decretos con porcentajes decididos de manera discrecional. Esas recomposiciones, además de ubicarse por debajo de las que habrían correspondido si hubiera seguido vigente la fórmula de la ley aprobada en 2017, no fueron iguales para todos los jubilados.

Para resolver la cuestión de qué porcentaje aplicar para la actualización del monotributo, la AFIP optó por el nivel de aumento que tuvo en 2020 el haber jubilatorio mínimo; esa suba fue de 35,3%. Pero no dispuso una modificación de la tabla a través de una medida directa, sino que envió una propuesta para que sea analizada por el Poder Legislativo en las sesiones extraordinarias. Si bien el problema de la falta de un índice para fijar los valores de 2021 se conocía desde hacía varios meses, el proyecto llegó al Congreso recién el 31 de diciembre y hasta ahora no tuvo ningún avance.

En un contexto inflacionario, la falta de actualización hace que monotributistas que tuvieron una facturación mayor en términos nominales a la permitida en la categoría en la que están, tengan que ir a un casillero superior, aun cuando en términos reales (descontada la inflación) los ingresos se hayan reducido. Eso significa un incremento de la carga fiscal a igual o menor capacidad de compra del contribuyente. Para evitar eso, que ocurrió durante varios años, una ley aprobada en 2017 estableció el mecanismo de ajustes automáticos del esquema en los meses de enero. Esa ley sigue y seguirá vigente, pero para 2021 se planteó un problema por la falta de movilidad jubilatoria en 2020.

El viernes último, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, la entidad que reúne a los 24 consejos de contadores del país, le envió una nota a Marcó del Pont pidiendo que el período de recategorización se traslade para más adelante. Concretamente, para cuando hayan pasado 60 días tras la publicación de la tabla con los valores actualizados de las facturaciones permitidas.

Hasta ahora, ese pedido no tuvo respuesta. Ayer, a poco más de una semana de la finalización del período para hacer el trámite, la AFIP recordó que el vencimiento es el 20 de este mes. El presidente de la entidad que representa a los contadores, Silvio Rizza, dijo a LA NACION que en las últimas horas se le hizo llegar un nuevo escrito a las autoridades de la AFIP, en el que también se manifiesta la preocupación por otras cuestiones, como "los problemas de funcionamiento de la página del organismo y las improvisaciones permanentes".

Desde el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires también se envió una nueva nota al organismo de recaudación para pedir que se difiera el trámite, según contó la presidenta de esa entidad, Gabriela Russo. "Resulta injusto aplicar a un pequeño contribuyente la escala de un año atrás", sostuvo. Y agregó que eso obligaría a un grupo de monotributistas a subir de categoría y a afrontar una cuota mensual más alta, en un contexto de pandemia que sigue repercutiendo en los niveles de actividad y de consumo. En el Consejo también señalan que más allá de la falta de actualización, el servicio de recategorización a través de la página de la AFIP "no está funcionando correctamente".

Mientras los días pasan sin novedades legislativas ni prórrogas, ¿qué hacer siendo monotributista? "En principio, lo que recomendamos es recategorizarse para cumplir con el requisito formal; si el proyecto de ley termina siendo aprobado por el Congreso, seguramente se reabra la posibilidad de categorizarse y se tendrá en cuenta el nuevo 'régimen puente' que se propone", respondió la contadora Florencia Fernández Sabella, en referencia a que la iniciativa enviada al Poder Legislativo no solo busca disponer cómo será la actualización para este año, sino que también incluye mecanismos para aliviar los costos que implica pasar del sistema del monotributo al régimen impositivo general, que requiere la inscripción en el IVA y en Ganancias.

"Lo más sano sería que, si el proyecto de ley se aprueba, se incluya un perdón a los monotributistas que no cumplan con la recategorización de enero -agregó Fernández Sabella-. Como ese 'perdón' hoy no está previsto en el proyecto, lo más conservador es avanzar en la recategorización".

Según evaluó el contador Iván Sasovsky, "hoy existe un estado de incertidumbre injustificada, que atenta contra la formalización y todo el sistema". Según su criterio, hoy lo recomendable es relevar toda la facturación y la información sobre los demás parámetros del monotributo, y esperar a que el fisco se expida más cerca de la fecha de vencimiento. "En el peor de los casos [que no se cumpla con el trámite], el fisco tiene la obligación de recategorizar de oficio", recordó.

La recategorización de oficio surge de un procedimiento que hace la AFIP una vez terminado el período del trámite que está a cargo de cada contribuyente. Si a partir de los datos considera que alguien debió haberse pasado de categoría y no lo hizo, lo reubica dentro del esquema y le notifica esa acción al monotributista. Según se informa en la página del organismo, existe una sanción prevista si eso ocurre; es una multa que se reduce en caso de que el contribuyente acepte su nueva situación en el término de 15 días.

"Por no haber actualización, muchos contribuyentes pasarán a categorías más altas o incluso quedarán fuera del monotributo, más allá de lo que dice el proyecto de ley", advirtió Martín Caranta, socio del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, quien considera que hay un trato discriminatorio que afecta a los contribuyentes de este esquema, porque en el impuesto a las ganancias sí se aplicó un reajuste de valores, en función de lo que dispone la ley (en ese caso, la actualización se hizo según la evolución de un índice de salarios). Con respecto a las fechas en que se da la actual situación referida al monotributo, Caranta señaló que ni el plazo ni las condiciones para hacer el trámite son razonables.

El caso más extremo de superación de un monto límite de facturación se da cuando se excede la suma permitida en la categoría más alta de cada actividad (servicios o comercio), porque eso implica la exclusión del monotributo. Pero, en rigor, la obligación de notificar esa situación y de pasarse al régimen impositivo general rige desde el momento en que se da el exceso, sin que se tenga que esperar la llegada de uno de los períodos de recategorización.

Más allá de que el contribuyente está obligado a tramitar su propia exclusión del monotributo, la AFIP aplica un mecanismo de control de datos que deriva en expulsiones de oficio. Entre el 1° de octubre de 2019 y el 4 de este mes esas acciones de control estuvieron suspendidas, por lo cual en el organismo estiman que hay miles de contribuyentes que permanecen en el sistema simplificado cuando, en rigor, ya no deberían estar. En parte, es a esas personas a quienes están dirigidas las medidas previstas en el ya mencionado proyecto de ley; son medidas que les permitirían a algunos seguir dentro del monotributo y, a otros, poder tomar ciertos beneficios fiscales (hasta ahora no previstos) estando en el sistema de responsables inscriptos.

Fuente: La Nacion

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